Si brujuleamos un poco en la tabla de asimilados y examinamos los requisitos para asimilar, nos encontramos con una serie de incongruencias producidas por un poco riguroso análisis de las categorías presentes en la fábrica.
Partiendo de la base de un subconjunto cualquiera dentro de la tabla de asimilados, pondré unos ejemplos muy ilustrativos:
Ejemplo 1: un trabajador desempeña mediante Superior Categoría (SC) la categoría C. ¿Por qué esa experiencia no le capacita para ser considerado asimilado de la categoría que realiza SC? Y si desempeña la categoría B. ¿Por qué esa experiencia no le capacita para ser considerado asimilado de la categoría C? Y más grave todavía si desempeña la categoría A, ¿por qué esa experiencia no le capacita para ser considerado asimilado de la categoría C?
Ejemplo 2: un trabajador desempeña mediante Superior Categoría (SC) diversas categorías (A, B, C e incluso D ). ¿Por qué esa experiencia no le capacita para ser considerado asimilado de la categoría C?
La solución pasa por utilizar una imaginaria unidad de asimilación (UA) podemos establecer que, por ejemplo, para asimilar una experiencia a la categoría C de nuestro caso es necesaria 2 UA.
Esto significa que para optar a esa categoría hacen falta 2 años de experiencia en la categoría a asimilar. Otra opción sería 4 años en la categoría inmediatamente inferior. También serviría 1 año en la categoría inmediatamente superior. Otra posibilidad sería 6 meses en la categoría superior a la inmediatamente superior. O una combinación de todas: 2 años en la inmediatamente inferior, más 1 año en la categoría a la que se opta. ¿Y por qué no? 1 año en la categoría a la que se opta más 6 meses en la categoría inmediatamente superior.
Recordemos que estamos hablando sólo de la posibilidad de presentarse a un proceso selectivo, que es realmente donde se demuestran las aptitudes por lo que realmente se asegura la capacitación al puesto.
Los periodos de asimilación para una categoría determinada (en azul) vienen dadas por las dos tablas adjuntas. Se tienen e cuenta si se trata de una titulación universitaria superior o media, además de reducir, en un factor 2, el tiempo necesario para asimilación cada vez que se sube un nivel por encima de la categoría a la que se opta.
De todas maneras el elemento más importante es conseguir que los puestos técnicos dejen de ser libre designación. Es vergonzoso que no tengamos precedentes en la administración pública y en la FNMT tengamos que padecer ese criterio arcaico e injusto que provoca indefensión hacia los trabajadores (véase problemas con las pruebas de aptitud donde el trabajador está “vendido”).
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